La reciente aparición del borrador con la propuesta de decreto del Consell que regulará el plurilingüismo en la Comunitat Valenciana, recoge de forma explícita en su artículo 8 el proyecto lingüístico de centro con esta denominación. Aún de forma provisional, se apuntan algunos de sus elementos:
- Actuaciones generales y específicas en respuesta a la realidad plurilingüe del alumnado.
- Criterios y procedimientos para su implantación, desarrollo, seguimiento y evaluación.
- Programas experimentales autorizados en relación al alumnado plurilingüe.
- Relación del profesorado implicado con su correspondiente titulación y competencia.
- Calendario de implantación progresiva.
- Establecimiento de las lenguas de enseñanza de las diferentes áreas, materias o módulos no lingüísticos.
En cuanto a su puesta en marcha, se prevé en el borrador que el proyecto sea coordinado por la dirección y elaborado por la comisión de coordinación pedagógica. Oído el claustro, se presentará al consejo escolar o al consejo social (centros integrados) para su aprobación y remisión (junto al resultado de una consulta orientativa a las familias) a la dirección territorial competente que la autorizará, si es procedente. Se prevé también en el borrador una revisión anual con la justificación previa de las evaluaciones correspondientes.
En espera de las modificaciones a las que la negociación de esta propuesta pueda dar lugar, se pone de manifiesto la necesidad de asesoramiento sobre la elaboración requerida del PLC que el decreto va a generar en la Comunitat Valenciana.
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